sábado, 29 de abril de 2017

LA PARTIDIZACIÓN DE LA JUSTICIA

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                            (Foto: rpp.com)

El 27/04/2017 aparece publicada (la mula.pe) la siguiente noticia: La “compañera” en el despacho del Juez Concepción Carhuancho. Se informa que una de las especialistas del despacho del Juez en mención tiene filiación política comprobada.

Por cierto, cada vez que hablamos de militancia política de personal administrativo y jurisdiccional en el sistema de justicia, recurrimos a una frase que ya se ha hecho común: la partidización de la justicia. Esta, en principio, tiene relación con la independencia de los jueces, que mal gestionada, puede desestabilizar el sistema judicial.

La partidización de la justicia es uno de los grandes problemas de vieja data que deben ser atacados desde su raíz. Naturalmente, cuando la organización judicial es un organismo jerárquicamente organizado, se impone a los subalternos –evaluadores y seleccionadores- el “hábito de la obediencia”. Y por ahí se puede filtrar algún nombramiento político que puede poner en riesgo o afectar groseramente la independencia en la administración de justicia.

Este caso no es el único, puede haber más. Si se hace una evaluación integral y sistemática seguro que se van a encontrar grandes sorpresas. Pero, entonces, ¿quién o quiénes son los responsables del nombramiento de personal perteneciente a partidos políticos? La respuesta no necesariamente tiene que ver con el Juez Concepción Carhuancho. Los responsables directos, en este caso, son los encargados de la selección de personal administrativo que no han asumido con responsabilidad su función imparcial de evaluación y deciden nombrar a personal militante o activista de partidos políticos.

El pecado es mayor si se tiene en cuenta que el nombramiento se produce en un Despacho Judicial de delitos de corrupción. Entonces, surge la necesidad de poner freno a esta anomalía. ¿Cómo? De un lado, que los que están en el ámbito jurisdiccional se abstengan de conocer casos vinculados con personajes político-partidarios; y, de otro, que se controle y limite el ejercicio de la función donde se sospeche de la presencia de peligrosas exigencias políticas que podrían poner en riesgo o afectar la independencia judicial.


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